“Ninguna ley es superior a la Constitución Política de la República”

“Los periodistas deber ser investigados bajo la Ley de Emisión del Pensamiento” manifestaron representantes de la Asociación de Periodistas de Guatemala.

Para Mi Gente Informa desde la Ciudad de Guatemala, Paola Godínez.

La Constitución Política de la República de Guatemala dice que es libre la emisión del pensamiento en cualquier forma.

El Ministerio Público solicitó investigar a periodistas y columnistas de elPeriódico, así como a otros medios de comunicación, como parte del proceso que se sigue en contra de José Rubén Zamora Marroquín, director de ese medio, por un supuesto caso de lavado de dinero.

El Juzgado Décimo de Instancia Penal a cargo de Jimi Bremer accedió a la petición, basándose en la Ley Contra la Delincuencia Organizada, artículo 9. Obstrucción de Justicia.

MP solicitó investigar a 9 periodistas por posible vinculación en Caso Obstrucción a la Justicia.

Ante ello varios sectores de prensa del país se han pronunciado indicando que “la Libertad de Emisión del Pensamiento es un derecho fundamental que se respeta, porque permite que exista en una sociedad, un fortalecimiento al Estado de Derecho”.

Pronunciamiento de la Asociación de Periodistas de Guatemala

“En este caso se están basando en una ley ordinaria que está por debajo de la Constitución Política de la República, la Carta Magna guatemalteca”, comentó Marco Trejo, miembro de la Comisión de la Libertad de Prensa de la Asociación de Periodistas de Guatemala.

El profesional aseguró que estas autoridades están cometiendo “un prevaricato lo que es un delito”. Sin embargo, indicó que la Ley de Emisión del Pensamiento, es una ley que da derechos y obligaciones. “Mientras los periodistas no hagamos un trabajo profesional, imparcial y ético, también vamos a dar de que hablar”, dijo Marco Trejo, por lo que hizo un llamado a los comunicadores del país a hacer un trabajo de altura.

Por su parte la directora de la Cámara de Periodistas de Guatemala Elsie Sierra, manifestó su apoyo para el gremio de periodistas, además dijo que debe realizarse una investigación de fondo para determinar si cometieron un delito o una falta.

La Asociación de Periodistas de Guatemala -APG- rechazó la investigación que ordenó el Juez Jimi Bremer, su Vicepresidente Mario Recinos consideró que, “la ley de obstrucción a la justicia no es la vía por la cual debe iniciarse cualquier investigación para los periodistas”, informó que hicieron saber a la Fiscal General y Jefe del Ministerio Público María Consuelo Porras, que debió ser por medio de la Ley de Emisión del Pensamiento, principalmente porque tiene rango constitucional, y la Constitución Política de la República dice que ninguna ley puede estar por encima de la Ley de Emisión del Pensamiento.

Mario Recinos agregó que en una reunión que sostuvieron representantes de la APG y Cámara Guatemalteca de Periodismo, con la Fiscal General María Consuelo Porras, se le solicitó que les den seguimiento a las denuncias de amenazas, agresiones, intimidaciones, entre otras, contra los periodistas en el país.

Autoridades del Ministerio Público y representantes de la APG se reunieron para conocer en que se basaron para solicitar la investigación de periodistas por su trabajo periodístico.

La APG contabilizó alrededor de 200 acciones violentas contra periodistas en 2022, de las cuales aproximadamente 55 profesionales denunciaron ante el Ministerio Público.

Otras entidades de prensa nacionales e internacionales condenan la investigación contra periodistas y columnistas y exigen detener el proceso.

El artículo 48 de la Ley de Emisión del Pensamiento dice: “Los delitos y faltas en la emisión del pensamiento por los medios de difusión serán juzgados privativamente por un jurado que declare, en cada caso, conforme a su leal saber y entender, si el hecho es constitutivo de delito o falta, o no lo es. en caso de una declaración afirmativa de un jurado, el Juez de Primera Instancia que lo haya convocado, continuará el trámite para fijar las sanciones conforme a la ley; si la declaración fuere negativa, el juicio será sobreseído sin más trámite”.